La llamada baja por regla dolorosa existe, es legal y no es un favor de la empresa. En este post te hablamos de ella en profundidad.
Si eres una de las muchas mujeres que sufren menstruaciones incapacitantes, desde hace unos años existe una baja médica por menstruación que necesitas conocer.
En este post te contamos quién puede pedirla, cómo se tramita en el SAS, quién la paga y si pueden ponerte problemas en el trabajo por pedir esta baja.
Qué es la baja por regla dolorosa y cuándo se puede pedir
La baja por menstruación incapacitante es una baja temporal reconocida desde 2023 para casos en los que el dolor menstrual impide trabajar con normalidad.
Ojo, no debes confundirlo con un permiso, un día libre ni una concesión de la empresa.
Es una baja médica regulada por la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero y es conocida como baja por dismenorrea. Se concede solo cuando existe una causa médica justificada.
Requisitos para acceder a la baja por menstruación incapacitante
Es importante entender bien este punto, porque muchos de los conflictos que se producen en el marco laboral en torno a esta baja surgen de aquí.
Es obligatorio un diagnóstico médico
No todas las reglas dolorosas tienen derecho a esta baja. Debe tratarse de una menstruación incapacitante secundaria, que se asocie a una patología ginecológica diagnosticada, como por ejemplo:
- endometriosis
- adenomiosis
- miomas uterinos
- quistes ováricos
- dismenorrea secundaria
- otras patologías ginecológicas que cursen con dolor severo
👉 El dolor por sí solo no basta si no hay una base médica reconocida.
Quién puede conceder la baja en Málaga
Una buena noticia con respecto a este punto es que no necesitas ir a un centro privado ni realizar trámites especiales. Todo se gestiona dentro del Servicio Andaluz de Salud, como cualquier otra incapacidad temporal.
Es tu médico de cabecera del SAS quien, basándose en tu historial médico y en informes de ginecología (si existen) puede emitir la baja.
Cómo pedir la baja por regla dolorosa en el SAS (paso a paso)
El procedimiento es sencillo, aunque conviene saber cómo hacerlo bien.
- Solicita cita en tu centro de salud del SAS.
- Explica claramente los síntomas y cómo te incapacitan para trabajar.
- Aporta informes ginecológicos si los tienes (ayudan, aunque no siempre son obligatorios).
- El médico valora el caso y, si procede, emite el parte de baja por menstruación incapacitante.
- La comunicación con la empresa se realiza por los cauces habituales.
📍 El procedimiento es el mismo en Málaga capital y en el resto de la provincia.
Cuántos días dura esta baja
No hay una duración fija ni un número cerrado de días, del mismo modo que la duración de la regla de todas las mujeres no es la misma.
- Puede ser de uno o varios días.
- Puede repetirse en distintos ciclos menstruales.
- La duración no depende de la empresa, sino del criterio médico.
Es importante que tengas claro que no es automática, no te la dan un día del mes fijo. Se valora caso por caso.
Esto significa que si tienes reglas incapacitantes todos los meses, tendrás que ir a tu centro de salud todos los meses para pedir la baja.
Quién paga la baja por menstruación incapacitante
Este punto suele preocupar, pero la norma es clara en este sentido.
- La prestación la paga la Seguridad Social desde el primer día.
- No hay días de carencia.
- La empresa no asume el coste.
Es decir, no supone un gasto directo para la empresa.
Compatibilidad con otras bajas médicas
Puede que te preguntes qué pasa si ya estás de baja por otro motivo. Y la respuesta es muy sencilla: no pueden existir dos bajas a la vez.
Por lo tanto, si ahora mismo estás de baja, por ejemplo, por ansiedad o problemas musculares, habrá que ver si procede mantener la baja actual o modificar la causa, pero no se acumulan.
No es un permiso retribuido (y conviene no confundirlo)
La baja por menstruación incapacitante no es un permiso retribuido. Te explicamos rápidamente la diferencia:
- Baja médica → incapacidad temporal reconocida por el sistema sanitario.
- Permiso retribuido → ausencia justificada por causas concretas.
Cuándo conviene pedir asesoramiento
Si tras solicitar la baja surgen problemas en la empresa, dudas sobre pagos o situaciones de presión, conviene revisar tu caso concreto. Cuenta con nosotros para resolver cualquier duda o gestionar cualquier incidencia relacionada con la baja por dismenorrea en Lidl Málaga.
Dudas frecuentes sobre la baja por menstruación en Málaga
No. Si la baja está emitida por el SAS, la empresa debe respetarla.
No siempre es posible. Se actúa como en cualquier baja médica: cuando existe incapacidad, se tramita.
La baja está protegida legalmente. Cualquier represalia puede ser denunciable.
No. La jornada no impide solicitar la baja si se cumplen los requisitos médicos.




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