En Lidl, como en cualquier supermercado, los turnos son el corazón del trabajo diario. Pero claro, a veces la empresa necesita moverlos. La duda es: ¿con cuánto tiempo deben avisarte de un cambio de horario? ¿Pueden hacerlo de un día para otro? Aquí entran en juego la ley y el convenio de Lidl.
Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre los cambios en el horario
Como ya sabes si te sueles informar en materia laboral dentro de nuestro blog o en nuestro Instagram, el Estatuto de los Trabajadores es la ley laboral básica en España. Por tanto, marca la base también en lo referente a los cambios en el horario de trabajo. Esto es lo que dice:
En cambios puntuales de turno o jornada
Según el artículo 34.2 del ET, la empresa te debe avisar con 5 días de antelación mínima para hacer cambios de turno o jornada puntuales.
En cambios permanentes o importantes
Imagina que siempre tienes un horario de mañana y la empresa quiere hacerte el cambio para que, a partir de ese momento, empieces a trabajar a turnos o siempre por la tarde. En ese caso, como se trata de un cambio importante o permanente, el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores dice que debe avisarte con al menos 15 días de adelanto y por escrito.
👉 Resumen rápido de los cambios de turno según el ET
- Para cambios pequeños → 5 días.
- Para cambios gordos → 15 días.
Qué dice el Convenio Colectivo de LIDL
El Convenio Colectivo de Lidl da un paso más: obliga a que el cuadrante mensual se entregue con 7 días de antelación al inicio del mes. Es decir:
Tú deberías saber tus horarios del mes completo antes de que empiece.
Y si luego quieren mover un turno ya planificado, no pueden hacerlo de cualquier manera: ahí se aplica la regla de los 5 días del Estatuto(o 15 si el cambio es muy fuerte).
Esto te protege frente a improvisaciones de última hora. El encargado de tienda no puede llegar y decirte: “mañana entras a otra hora”.
Ejemplos del día a día
“Me han cambiado el turno de mañana a tarde de un día para otro.” → No es válido. La ley marca como mínimo 5 días de preaviso.
“El 30 de octubre me entregaron mi horario de noviembre.” → Incorrecto. Si trabajas en LIDL, para cumplir con el convenio deben darte el cuadrante de noviembre al menos 7 días antes de que empiece el mes. Es decir, el 25 de octubre más tardar. (Si trabajas en otra empresa, aplica el convenio de tu empresa o el ET).
“Llevo años en turno de mañana y me dicen que desde ahora voy a tardes.” → Ojo. Esa es una modificación importante de tu turno. Por tanto, según el Estatuto de los Trabajadores, requiere que te avisen por escrito con un margen de 15 días.
¿Qué hacer si Lidl no respeta los plazos?
En ocasiones, la empresa no cumple con lo establecido por la ley. La mayoría de las veces se trata de un fallo humano o un despiste. Por eso, lo primero que debes hacer es comentar el caso con el responsable de tienda.
Si no ha sido una equivocación, pero no se ha cumplido lo establecido por el Convenio de LIDL o el Estatuto de los Trabajadores, apóyate en la ley y no lo dejes pasar.
Y recuerda que además del preaviso para hacer cambios en tu horario de trabajo, la empresa debe respetar los descansos entre turnos.
Si en tu centro de LIDL en Málaga, Granada o Jaén te cambian los turnos sin respetar los plazos, habla con nosotros. En STUNI somos tu sindicato. Cuenta con nosotros y te ayudaremos a hacer valer tus derechos.
No. Tienen que avisarte con al menos 5 días de margen.
Eso es una modificación importante de tu turno. Según el Estatuto de los Trabajadores, la empresa te debe avisar con un mínimo de 15 días de antelación y por escrito. Si no lo cumplen, puedes reclamar.
Sí, puedes solicitarlo, pero la empresa decide. También existen vías legales como la reducción de jornada o la adaptación de jornada por conciliación en casos concretos.
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